viernes, 8 de abril de 2016

ARTICULO 12. "LOS FUNDAMENTOS DE LA LIBERTAD"


CAPITULO XII

LA CONTRIBUCION NORTEAMERICANA:

EL CONSTITUCIONALISMO

     La máxima aportación que el país norte americano pudo hacer a la humanidad es el constitucionalismo y el sistema Republicano de Gobierno, debo de manifestar que, personalmente considero que son dos caras de una misma moneda, uno no puede existir sin el otro, y más aun, el constitucionalismo siente las bases del sistema republicano de Gobierno.

La Constitución nace fundamentalmente como resultado del estudio comprensivo del abuso que vivían los miles y miles de migrantes que llegaron al nuevo territorio, todos huyendo de los abusos de los cuales eran víctimas a manos de sus gobernantes, y por las invasiones de otros territorios a los que, en otrora época, carecían de la presencia del soberano. Pareciera hoy que en muchas partes del mundo seguimos viviendo igual que en los siglos XVI y XVII.

El razonamiento que hicieron los padres de la patria fue muy sencillo, Libertad para los individuos, un gobierno reducido y la completa vigilancia hacia los gobernantes con la finalidad que no cometieran abusos contra las personas. Ósea formar una ley suprema que limitara siempre el poder abusivo de los gobernantes y que garantizara la defensa de los derechos fundamentales de los individuos.

La Constitución busco desde siempre, limitar el poder abusivo de los gobernantes, esa era su finalidad, hoy ya no comprendemos eso, ahora creemos que es una sabana con la cual se pretende cubrir todas las absurdas apetencias de los más absurdos gobernantes.

Otra función que posee la constitución, a través de su primordial función, la limitación del poder, es crear un sistema de balanzas, ósea pesos y contra pesos entre los tres poderes que conforman los entes de gobierno, de tal forma que lo que se busca es que nadie pueda influir sobre otro y que los otros dos, en total observancia a la ley, regresen al infractor al orden, esa es otra función de la teoría de pesos y contrapesos, dicho sea de paso, mal reconocida a Montesquieu.

Partiendo de esto, la situación se la pone muy fácil al poder judicial, ya que solamente tienen que velar por no violentar los derechos fundamentales de los individuos en el debido proceso, y resolver en orden a las leyes creadas por los legisladores, las cuales ya están hechas también a la luz de la defensa de las garantías constitucionales que defienden los derechos fundamentales de los individuos.

En ese orden de ideas, entonces podemos comprender como un país, estructurado bajo principios, de ciencia, historia y norma, no necesitan una procuraduría de los derechos humanos, que garantice la protección de los mismos, ya que todo el sistema está hecho para y ese fin.

Guatemala el año pasado tuvo un leve intento de hacer templar sus cimientos, y por algún momento existió la esperanza de poder retomar el camino de grandeza con el que nació este país, pero conforme pasan los días veo con “apática desilusión”, (esto en virtud que tampoco tuve nunca mucha fe en que las cosas cambiaran, pero igual la esperanza es lo último que se pierde),  como esa luz de cerillo mojado se va apagando y hace que nuestro país siga en ese coma institucional.


La misión obligada es formar un país con un gobierno reducido, que tenga un gasto responsable y transparente. Que se forme bajo un cuerpo de leyes que protejan en todo momento las normas constitucionales y que limite el ´poder de los gobernantes y que garantice el irrestricto respeto a los derechos fundamentales de los individuos. Entonces podremos pensar en las condiciones de un país que pueda crecer en beneficio de cada uno de nosotros. 

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