“LA POLÍTICA ECONÓMICA
Y EL ESTADO DE DERECHO”
(Capitulo XV)
“El mantenimiento del Estado de Derecho es condición
Indispensable, aunque por si sola no bastante, para el
Adecuado funcionamiento de la economía libre”.
F. A. Hayek.
He decidió iniciar este articulo con una cita del mismo autor en este mismo
capítulo, ya es muestra clara que no solamente lo que deseamos es necesario
para que se cumplan nuestras metas, sino, que también es necesario cumplir con
un conjunto de condiciones necesarias para que la economía de mercado pueda
desarrollarse de una forma espontanea y realmente libre.
La
principal función el Estado, debe ser no interferir con las actividades de los
individuos, de esa forma solamente debe de dedicarse a cuidar que nadie abuse
de los derechos de nadie más, así, se garantiza un verdadero ambiente de libre
y sana convivencia.
El Estado
debe dirigir sus funciones especialmente hacia aquellas actividades en la que
los particulares consideren que no pueden exponer sus cualidades al máximo, es allí
donde el Estado debe de intervenir, para satisfacer una necesidad que el
mercado no está interesado en hacerla, de otra manera, el Estado no debe de
competir con los particulares.
En esa actividad
de “competencia” entre Estado y particulares, se crea un ambiente hostil, ya
que el Estado utilizara siempre su poder coercitivo para lograr sus fines,
utilizando siempre una gran cantidad de recursos, los cuales podrían ser de
mejor utilidad en otras actividades, nuevamente vemos esta situación en un
hecho histórico, ya conocido para nosotros, y al cual se le denominó “Las
querellas de las investiduras”, las cuales tuvieron una gran cantidad
de recursos única y exclusivamente para demostrar dentro del campo del poder
quien lo tenía más, si el Estado o la Iglesia.
Las querellas de las Investiduras se
dieron entre los años 1075 y 1122, (años importantísimos en el desarrollo del
derecho Constitucional, especialmente para las codificaciones inglesas). La
causa de dicho desacuerdo era la provisión de beneficios y títulos eclesiásticos. Se puede resumir como la disputa que
mantuvieron pontífices y emperadores, esto por la búsqueda de la autoridad en
los nombramientos en la Iglesia. Una de
las más famosas querellas es la que se dio entre Juan de Mariana y el Rey
Felipe III, en donde, dicho sea de paso, gano el pulso el Rey Felipe III de
España. Básicamente el problema se debió a que Juan de Mariana ya había podido
definir claramente los problemas que traería el vilipendio de la moneda, y era
una técnica muy recurrida por el Rey, el sacerdote advirtió al Rey de los
problemas que ocurrirían y este, el Rey lo quiso escuchar, obviamente los
problemas de inflación no tardaron en llegar.
Ahora regresando a nuestro tema principal
debemos de comprender que la fuerza del Estado debe perseguir objetivos
generales y permanentes, nunca fines particulares. Es por ello que en base a las regulaciones que
establezca la misma autoridad administrativa, deben de ser publicadas y del
conocimiento de todos los ciudadanos, de esta forma garantizamos seguridad y
certeza en la administración pública.
De esta
forma, así como siempre se ha manifestado, el Estado no debe de interferir en
muchas cosas, especialmente en lo relativo al mercado, ya que de esta forma es más
posible tener precios libres de circunstancias ajenas al libre intercambio y a
la cooperación social.
Así, el
mercado será capaz de satisfacer a todos los que deseen participar en él,
siempre y cuando se garantice un ambiente de reglas generales, universales y
abstractas, no como las que deseaba establecer el Rey Felipe III de España,
utilizando unas monedas para el comercio dentro del territorio español y otras
fuera de él, eso demostró ser el inicio del fin para el comercio español.
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