CAPITULO X
LAS LEYES, LOS MANDATOS Y EL ORDEN
SOCIAL
La construcción de una sociedad libre,
requiere de un conocimiento básico de normas de conducta que garanticen la
convivencia pacífica en sociedad.
Es por
ello que exigimos y defendemos en gran medida la creación de leyes universales,
generales, abstractas e impersonales, que sean de fácil observancia y por
consiguiente de fácil cumplimento, esto en virtud que las personas (solo en
base a la ley), están obligadas a conocer todo un cuerpo de normas, que ni sus
mismos creadores conocen.
Si
tuviésemos ese sistema de normas, establecidas en base a generalidades, las
personas podrían observarlas más instintivamente, teniendo como principios
básicos dos fines, no molestar al vecino y poder hacer todo aquello que, no
moleste al vecino, así tendríamos una sociedad mucho más fácil de administrar
como gobierno y dentro de nuestras propias relaciones interpersonales.
Si
tenemos un cuerpo legal estructurado en base a principios, no necesitamos
normas coercitivas, ya que las leyes para tener un gran éxito necesitan de ser
acatadas de forma libre y espontanea, si necesitamos medidas coercitivas para
que se cumplan están condenadas al fracaso.
Ahora,
muchos problemas que generan estas normas coercitivas, es que siempre se
realizan bajo la óptica del, privilegio, la arbitrariedad y la discriminación,
lo cual de entrada rompe con cualquier posibilidad de mantener una ambiente
sano, libre y espontaneó, donde las personas puedan cooperar para alcanzar sus
propias apetencias.
La
ejecución de estas leyes siempre son ejercidas sobre los individuos en una
forma conjetural y arbitraria, ya que no dependen del cumplimiento estricto de
un fin que tenga como propósito la defensa de un derecho fundamental, cuando
dejamos el cumplimiento de las leyes en manos de burócratas, estamos en manos
de abusivos que buscaran únicamente, como cualquier otro individuo, satisfacer
sus propias necesidades, con la salvedad, que en la posición del burócrata,
satisfacer sus necesidades en base al poder abusivo que puede ejercer sobre
otras personas.
Debemos
aceptar y reconocer, que aun, las leyes creadas bajo un sistema optimo de
defensa de la idea de la libertad, pueden resultar en algún momento de
perjuicio para algún individuo, pero recordemos que en todo caso, será, bajo la
óptica, de la responsabilidad de sus actos, y como consecuencia del valor o
merito que haya tenido en la sociedad o su participación dentro de ella.
La
principal causa o finalidad de la defensa de los derechos de los individuos es
la protección a su conocimiento, ya que es ello lo que aportara a la sociedad
para que esta sea más productiva, en la medida que podamos proteger el conocimiento
de todos los individuos en espontanea cooperación, lograremos alcanzar una
sociedad más prospera.
Es curioso ver como aún, al haber transcurrido ya más de ocho mil años de historia de la humanidad, haya quienes sigan pretendiendo defender un sistema agotado y perverso, so pretexto que necesitamos más de ese mismo sistema para garantizar la proteccion de los objetivos que aun no logramos alcanzar como sociedad.
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