jueves, 7 de abril de 2016

ARTICULO 10. "LOS FUNDAMENTOS DE LA LIBERTAD"


 CAPITULO X

LAS LEYES, LOS MANDATOS Y EL ORDEN SOCIAL

     La construcción de una sociedad libre, requiere de un conocimiento básico de normas de conducta que garanticen la convivencia pacífica en sociedad.

Es por ello que exigimos y defendemos en gran medida la creación de leyes universales, generales, abstractas e impersonales, que sean de fácil observancia y por consiguiente de fácil cumplimento, esto en virtud que las personas (solo en base a la ley), están obligadas a conocer todo un cuerpo de normas, que ni sus mismos creadores conocen.

Si tuviésemos ese sistema de normas, establecidas en base a generalidades, las personas podrían observarlas más instintivamente, teniendo como principios básicos dos fines, no molestar al vecino y poder hacer todo aquello que, no moleste al vecino, así tendríamos una sociedad mucho más fácil de administrar como gobierno y dentro de nuestras propias relaciones interpersonales.

Si tenemos un cuerpo legal estructurado en base a principios, no necesitamos normas coercitivas, ya que las leyes para tener un gran éxito necesitan de ser acatadas de forma libre y espontanea, si necesitamos medidas coercitivas para que se cumplan están condenadas al fracaso.

Ahora, muchos problemas que generan estas normas coercitivas, es que siempre se realizan bajo la óptica del, privilegio, la arbitrariedad y la discriminación, lo cual de entrada rompe con cualquier posibilidad de mantener una ambiente sano, libre y espontaneó, donde las personas puedan cooperar para alcanzar sus propias apetencias.

La ejecución de estas leyes siempre son ejercidas sobre los individuos en una forma conjetural y arbitraria, ya que no dependen del cumplimiento estricto de un fin que tenga como propósito la defensa de un derecho fundamental, cuando dejamos el cumplimiento de las leyes en manos de burócratas, estamos en manos de abusivos que buscaran únicamente, como cualquier otro individuo, satisfacer sus propias necesidades, con la salvedad, que en la posición del burócrata, satisfacer sus necesidades en base al poder abusivo que puede ejercer sobre otras personas.

Debemos aceptar y reconocer, que aun, las leyes creadas bajo un sistema optimo de defensa de la idea de la libertad, pueden resultar en algún momento de perjuicio para algún individuo, pero recordemos que en todo caso, será, bajo la óptica, de la responsabilidad de sus actos, y como consecuencia del valor o merito que haya tenido en la sociedad o su participación dentro de ella.

La principal causa o finalidad de la defensa de los derechos de los individuos es la protección a su conocimiento, ya que es ello lo que aportara a la sociedad para que esta sea más productiva, en la medida que podamos proteger el conocimiento de todos los individuos en espontanea cooperación, lograremos alcanzar una sociedad más prospera.

Es curioso ver como aún, al haber transcurrido ya más de ocho mil años de historia de la humanidad, haya quienes sigan pretendiendo defender un sistema agotado y perverso, so pretexto que necesitamos más de ese mismo sistema para garantizar la proteccion de los objetivos que aun no logramos alcanzar como sociedad. 


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